Respecto de la inversión total acumulada de las empresas, ésta creció un 7.6% al pasar de US$2,913.69 millones en 2011 a US$3,133.97 millones en 2012.

Cabe destacar que la Zona Franca de la República Dominicana cuenta con la presencia de industrias de reconocidas marcas internacionales. Asimismo, a empresas dominicanas de zona franca les ha sido confiada la fabricación de importantes marcas, especialmente en el área textil.

Actualmente, la actividad de confecciones y textiles concentra el 25.3% del total de la inversión acumulada en 2012; productos médicos y farmacéuticos el 19.6% y tabaco y derivados el 16.2%. El 48.7% de la inversión procede de los Estados Unidos de América, el 26.9% es de origen dominicano y un 5.9% procede del Canadá.

Hoy en día operan en el país un total de 57 parques de zonas francas, diseminados en todo el territorio nacional, los cuales albergan alrededor de 565 empresas y aportan más de 160,000 empleos, generando exportaciones por US$ 4,987.9 millones. La actividad que mayormente se ha desarrollado dentro de las zonas francas es la confección textil, encontrándose nuestro país entre los primeros en volúmenes de exportación de este renglón al mercado de los Estados Unidos.

En la actualidad, la República Dominicana cuenta con uno de los programas de zonas francas más dinámicos y exitosos en toda el área de Centroamérica y el Caribe.

Dicho programa ha demostrado ser una alternativa efectiva y rentable para las empresas extrajeras, entre otros factores, por la cercanía del país a los Estados Unidos. Estos centros de producción permiten que compañías extranjeras y locales puedan establecer operaciones y se beneficien de incentivos impositivos y de facilidades de importación. El sector principal es el textil.

Otras actividades de importancia son la fabricación de calzados, manufactura de joyas, ensamblaje de componentes electrónicos, productos médicos, procesamiento de tabaco, telecomunicaciones, entre otras.

Del mismo modo, ha sido un factor importante para el desarrollo de las zonas francas en la República Dominicana el hecho de que el país es signatario de los siguientes Acuerdos de Libre Comercio, a saber: DR-CAFTA; TLC RD-con CARICOM; TLC RD-Panamá (alcance parcial);

y el EPA’S con la Unión Europea.

Para las empresas de países como Brasil y Venezuela que cada vez más incrementan sus vínculos comerciales con la República Dominicana, sería muy beneficioso invertir en la Zona Franca Dominicana, especialmente porque de esa forma podrían beneficiarse del DR-CAFTA y vender sus productos libres de impuesto de entrada a USA. 

Además en el sector privado tanto en Brasil como Venezuela y la República Dominicana hay interés en que se suscriban acuerdos de libre comercio con la República Dominicana, respectivamente, y así lo han expresado a sus respectivos gobiernos. Cabe puntualizar que en el caso de Brasil un eventual acuerdo de libre comercio tendría que ser suscrito con el MERCOSUR, dada las reglas que rigen a ese bloque regional.

Igualmente, existen instrumentos de financiamiento que incentivan la expansión internacional, como los que actualmente administra el BNDES de Brasil, que proveen financiamiento en condiciones especiales a los empresarios de ese país, incluso existe un programa especial que incluye aquellas inversiones realizadas en El Caribe.

Al respecto cabe recordar, que importantes obras de infraestructura en la República Dominicana han sido

edificadas con financiamientos del BNDES de Brasil.

En ese sentido, cabe puntualizar que el BNDES apoya proyectos de inversión en Brasil y en el exterior orientados a la ampliación, modernización y expansión de la capacidad productiva, sujeto a ciertas condiciones previstas por la normartiva brasileña.

Retomando lo relativo al desempeño de las Zonas Francas, respecto de la cantidad de divisas («gastos locales») generadas por el sector durante el año 2012, la cifra ascendió a US$ 1,298.2 millones, comparado con el año anterior, cuando se generaron US$1,163.5 millones, hubo un crecimiento de Cabe recordar que el ordenamiento jurídico para las Zonas Francas ha sido instituido por la Ley No. 8-90 del 15 de enero de 1990 (“Ley 8-90”) y su correspondiente reglamento contenido en el Decreto Número 366.97 del 29 de agosto de 1997. De acuerdo al artículo 2 de esa ley la zona franca se define como un área geográfica del país, sometida a los controles aduaneros y fiscales especiales establecidos en esta Ley, en la cual se permite la instalación de empresas que destinen su producción o servicios hacia el mercado externo, mediante el otorgamiento de los incentivos necesarios para fomentar su desarrollo.

En relación al tratamiento fiscal de las zonas francas es oportuno puntualizar que las mismas se encuentran exentas de los siguientes impuestos: (i) Del pago del impuesto sobre la renta establecido por la Ley No. 5911 y sus modificaciones (actualmente, la Ley 11-92 Código Tributario y modificaciones) relativas a las compañías por acciones; (ii) del pago del impuesto sobre la construcción, los contratos de préstamos y sobre el registro y traspaso de bienes inmuebles a partir de la constitución de la operadorade zona franca correspondiente; (iii) del pago de impuestos sobre la constitución de sociedades comerciales o de aumento del capital de las mismas; (iv) del pago de impuestos municipales creados que puedan afectar estas actividades; (v) de todos los impuestos de importación, arancel, derechos aduanales y demás gravámenes conexos, que afectan las materias primas, equipos, materiales de construcción, partes de edificaciones, equipos de oficina, todos ellos destinados a: Construir, habilitar u operar en las zonas francas; (vi) de todos los impuestos de exportación o reexportación existentes, excepto en algunos casos establecidos por la ley; (vii) de los derechos consulares para toda importación destinada a los operadores o empresas de zonas francas; (viii) del pago de impuestos de importación, relativos a equipos y utensilios necesarios para la instalación y operaciones de comedores económicos, servicios de salud, asistencia médica, guardería infantil, de entretención o amenidades y cualquier otro equipo que propenda al bienestar de la clase trabajadora; (ix) del pago de impuestos de importación de los equipos de transporte que sean vehículos de carga, colectores de basura, entre otros, previa aprobación del Consejo Nacional de zonas Francas de Exportación; entre otros beneficios. 

Del mismo modo, estarán exentos del pago de impuesto sobre la renta los beneficios y/o reinversiones declarados como renta neta imponible por personas físicas o morales, que sean invertidos en el establecimiento y desarrollo de zonas francas de conformidad con las siguientes escalas y porcentajes: (a) La deducción anual por concepto de exenciones y exoneraciones no podrá exceder en ningún caso del cincuenta (50%) de la renta anual de acuerdo a los siguientes porcentajes: (a) Un cien por ciento (100%), o sea la totalidad de la renta deducible, cuando se trate de operadoras de zonas francas establecidas en las zonas francas fronterizas del país; (b) Un ochenta por ciento (80%) sobre la totalidad de la renta deducible, para el Distrito Nacional y área geográfica de 50 kms. de radio; y (c) un noventa por ciento (90%) sobre la totalidad de la renta deducible, para aquellas operadores cuya localización geográfica no responda a las descripciones en los literales a) y b).

En el ámbito laboral, si bien las empresas del sector están sujetas al Código Laboral y al régimen establecido en ese ámbito, están exentas del pago de la participación anual de los trabajadores en el 10% de los beneficios de la empresa, establecido por las leyes laborales dominicanas.

Para ser clasificado como una empresa de zona franca, la persona física o moral deberá obtener un permiso de instalación del Consejo Nacional de Zonas Francas y que destinen su producción y/o servicios a la exportación. 

Dados estos incentivos y otros aspectos favorables a la inversión en este sector y tal como se consigna en dicho informe estadístico, el sector zonas francas ha colocado a la República Dominicana en los primeros lugares en cuanto a capacidad productiva y calidad se refiere, no sólo a nivel de América Latina, sino en todo el mundo. A esto ha contribuido la estabilidad política y social, así como la creación

de una infraestructura adecuada y un marco legal y organizativo que ha sido ejemplo a seguir por otros países del área, en el desarrollo de programas similares. 

Durante el año 2012, el sector zonas francas continuó siendo uno de los sectores que mayor número de empleos directos genera en la economía dominicana. Al respecto, al finalizar el año, la cantidad de obreros, técnicos y personal administrativo empleados por las zonas francas alcanzó la cifra de 134,226, lo que evidencia un crecimiento de un 7.3% con respecto al año 2011, cuando la cifra ascendió a 125,117 empleos.

Dentro del sector zonas francas, la mayor ocupación laboral la continúa generando la actividad de Confecciones y Textiles, con un total 40,666 empleos directos, es decir el 30.3%. Aésta le siguenlos sectores de Manufactura de Tabaco y Derivados con 21,211, para un 15.8%; Productos Médicos y Farmacéuticos con 17,841, para un 13.3%; Servicios con 16,867, para un 12.6%; Calzados y Componentes con 13,389, para un 10.0%; Productos Eléctricos y Electrónicos con 7,247, representando el 5.4%. El restante 12.6%, es generado por otras actividades.

Por último, conforme a los datos antes expuestos objetivamente podemos decir que la zona franca dominicana tiene excelentes perspectivas de crecimiento y es un magnífico destino de inversión. El ambiente de inversión de la República Dominicana combinado con los beneficios establecidos legalmente para ese sector, lo hacen una oferta sumamente competitiva en la región.

Fuente: Dr. Manuel Morales Vicens

Director del Departamento de Energía

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